El Monotributo es uno de los regímenes fiscales más utilizados por pequeños contribuyentes en Argentina, ofreciendo una opción simplificada para el pago de impuestos. Sin embargo, uno de los requisitos fundamentales para seguir dentro del régimen es la recategorización, un trámite que permite ajustar la categoría del contribuyente según su facturación anual. 

Cuando un monotributista no cumple con la recategorización, puede enfrentar diversas consecuencias que van desde sanciones económicas hasta la pérdida de los beneficios del régimen. En un contexto donde el control tributario se ha intensificado, no realizar este trámite a tiempo puede generar complicaciones para el contribuyente, afectando su situación fiscal y generando intereses y multas por incumplimiento.

Qué puede pasar si no hacés la recategorización del monotributo a tiempo en ARCA

Es fundamental que hagas este trámite del Monotributo
Es fundamental que hagas este trámite del Monotributo

ARCA anunció este martes que los plazos para realizar el cambio de categoría, ya sea ascendente o descendente, serán ahora semestrales en lugar de anuales. Los monotributistas que hayan comenzado a operar a partir de agosto de 2024 o aquellos que no hayan variado su facturación en los últimos 12 meses no necesitan hacer este trámite. La situación más compleja surge cuando un contribuyente debe ascender de categoría, ya que no realizar este ajuste podría traer consecuencias, tal como señala el CEO de SDC Asesores Tributarios.

Según el tributarista Sebastián Domínguez, la obligación de recategorización solo se presenta cuando hay un cambio de categoría, ya sea para subir o bajar. Si un monotributista se mantiene en la misma categoría, no es necesario realizar ninguna confirmación ni trámite adicional

En cuanto a la ARCA, la entidad tiene la potestad de recategorizar a los contribuyentes si, a partir de los datos disponibles (compras, gastos, acreditaciones bancarias), se detecta que han superado los límites establecidos para su categoría. En estos casos, la notificación será enviada al domicilio fiscal electrónico del contribuyente antes del 19 de febrero.

Si el contribuyente no está de acuerdo con la recategorización, podrá presentar un recurso de apelación dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación, según explicó la experta Ariadna Artopoulos.