La Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA) penalizará a los monotributistas que no configuren su Domicilio Fiscal Electrónico (DFE), dado que su registro es obligatorio.

Este trámite es fundamental para recibir las notificaciones y mensajes oficiales del organismo. Asimismo, resulta imprescindible para que los contribuyentes estén al tanto de sus responsabilidades tributarias.

Qué documentación debés tener actualizada si sos monotributista de ARCA

Se trata del Domicilio Fiscar Electrónico (DFE), que funciona como una casilla de mensajería privada en la que los contribuyentes reciben resoluciones, avisos y comunicaciones vinculadas a sus obligaciones fiscales con la ARCA.

Este sistema no solo optimiza el proceso de notificación, sino que también asegura una interacción eficiente entre la ARCA y los contribuyentes. Es de uso obligatorio para monotributistas, autónomos y personas jurídicas.

Cabe destacar que las notificaciones enviadas al DFE se consideran recibidas cinco días después de su publicación, por lo que es fundamental revisarlas de manera habitual.

Cuál es la sanción que podría tener ARCA si no hacés el Domicilio Fiscal Electrónico

No realizar la gestión del Domicilio Fiscal Electrónico puede derivar en sanciones contempladas en el artículo 39 de la Ley 11.683. Asimismo, esta falta afectará negativamente la clasificación del contribuyente en el sistema "SIPER", lo cual dificultará la obtención de la constancia de inscripción.

Cómo hacer el trámite del Domicilio Fiscal Electrónico de ARCA

Se deben seguir los siguientes pasos:

  • Entrar a la página de ARCA con clave fiscal.
  • Ingresar en el servicio "Domicilio Fiscal Electrónico".
  • Seleccionar "Datos de contacto" y completar la información requerida.
  • Agregar un correo electrónico y el número de teléfono.
  • Realizar la verificación de los datos.
  • Confirmar el trámite.

Cuáles son las categorías vigentes del monotributo de ARCA en enero 2025

CategoríaIngresos Brutos anualesdesde el 1° de enero, inclusiveComponenteimpositivo (con aportesa la seguridad social)
A$ 7.813.063,45$ 32.221,32
B$ 11.447.046,44$ 36.679
C$ 16.050.091,57De $ 41.982,19 a $ 42.951,26
D$ 19.926.340,10De $ 53.714,87 a $ 55.047,33
E$ 23.439.190,34De $ 70.436,50 a $ 77.946,73
F$ 29.374.695,90De $ 98.096,95 a $ 84.530,08
G$ 35.128.502,31De $ 103.321,64 a $ 149.836,63
H$ 53.298.417,30De $ 206.815,64 a$ 340.061,68
I$ 59.657.887,55De $ 309.020,04 a $ 626.993,55
J$ 68.318.880,36De $ 377.851,82 a $ 759.420,03
K$ 82.370.281,28De $ 456.773,19 a $ 1.050.323,75