La Cámara de Diputados de la Nación aprobó con 197 votos a favor la Ley de Resarcimiento Económico a Víctimas y Familiares del Atentado a la AMIA.

El proyecto otorga, por única vez, un beneficio extraordinario para los herederos de las 85 personas fallecidas y las más de 150 que resultaron heridas en el atentado producido en 1994.

Al respecto, la presidenta del Bloque de diputados del FpV, Juliana Di Tullio, afirmó: "Esta ley de beneficio extraordinario para víctimas y familiares, ha llegado y ha tenido un consenso que logró votarse por unanimidad en el senado, como lo vamos a hacer hoy en esta Cámara de Diputados".

"El plazo, como también lo fue en el caso de las víctimas de la embajada, se determina según la cantidad de víctimas y heridos. En este caso será de 180 días". Y concluyó: "Es un día de reparación y de alegría, donde por fin este Congreso puede darle a esta ley sanción definitiva".

El diputado del Frente para la Victoria Remo Carlotto se puso al hombro la defensa del proyecto y destacó: “hace doce años venimos generando mecanismos para que el Estado repare los actos que se han hecho durante la dictadura y el neoliberalismo”.

El presidente de la Comisión de Derechos Humanos explicó que el beneficio “está expresado en los mismos términos de las leyes reparatorias por desaparición forzada de personas, apropiación de niños y el atentado a la Embajada de Israel”.

Carlotto recordó que el proyecto contaba con dos medias sanciones del Senado y una de Diputados, y que “lo que detuvo su sanción fue la modalidad de pago”.

En tanto, pidió a la Justicia que “actúe con celeridad” y que “la reparación sea integral para cada una de las víctimas y sus familiares”.

Detalles del proyecto

El texto otorga, por única vez, un beneficio extraordinario para los herederos o derechohabientes de las 85 personas fallecidas y las más de 150 que resultaron heridas.

En caso de muerte, la indemnización será la equivalente a la remuneración mensual de los agentes nivel A, Grado 0, del Escalafón del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), multiplicado por el coeficiente 100.

La cifra que percibirán los herederos de los fallecidos será de alrededor de 1,5 millones de pesos, de acuerdo con un cálculo hecho por el proyecto.

Para las lesiones gravísimas, la reparación será un 30 por ciento menor a la antedicha, y para las lesiones graves, un 40 por ciento.

Según fuentes oficiales, el costo fiscal para el Gobierno sería de alrededor de 350 millones de pesos que se pagarían mediante bonos.

Quienes quieran acceder a este beneficio y ya hayan emprendido una acción judicial de carácter reparatorio contra el Estado Nacional deberán desistir de esa demanda.

En caso de que reciban subsidios, los montos percibidos deberán deducirse del monto total que les corresponda como beneficio extraordinario.

Si los beneficiarios, herederos o derechohabientes obtuvieron por sentencia judicial una indemnización menor a la que propone este proyecto, tendrán derecho a reclamar la diferencia.

La solicitud de este beneficio deberá tramitarse ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dentro de los 180 días desde la fecha de entrada en vigencia de la ley.