La resolución 4240/18 publicada el lunes en el Boletín Oficial, estableció las formas, los plazos y condiciones para el ingreso del IVA en la prestación de servicios digitales. 

Por lo tanto, el usuario seguramente deberá hacerse cargo de este incremento, que si es a través de tarjeta de crédito, la percepción deberá practicarse en la fecha de cobro del resumen o liquidación. De esta manera, las suscripciones de este tipo de servicios se incrementarán en un 21%porque, si bien depende de cada compañía trasladar ese aumento a sus usuarios o absorberlo ellos, lo más probable es que se presente el primer escenario.

La fecha impuesta es el 27 de junio próximo, donde servicios digitales de los más importantes y utilizados como Netflix o Spotify percibirán el incremento.

Pero también están Playstation Network, Facebook Adds, Twitter, Instagram, Linkedin, Snapchat, Dropbox, Avast, Avira, Skype, Google Play, y varias ramas de Amazon. En el "listado B" están también Airbnb, Booking, OLX, Alibaba, Sony, Apple y Nintendo. 

El importe de la percepción se designa o enuncia en forma discriminada en el documento que constituirá comprobante de las percepciones. En el listado también se puede leer que los servicios que brindan medios de comunicación radicados en el extranjero abonarán el impuesto. Allí se destacan The Financial Times, Colombia Journal, la revista Monocle y The New Yorker.

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