El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata resolvió que ARBA deberá darle los 90 días de licencia a la empleada Malena Díaz Reck, madre no gestante. Según informó la Izquierda Diario, la trabajadora había hecho el reclamo ante el Estado provincial pero no tuvo respuesta, por lo que recurrió a la Justicia. 

Malena, quien tiene más de veinte años de servicio en el Estado, será mamá junto con su compañera Natalia, quien se encuentra por cursar el octavo mes de embarazo.

"La única forma de conseguir este derecho era luchando", dijo Malena al mismo medio. La además militante del PTS destacó que su empleador ARBA no le dio respuesta y que gracias al apoyo de la Comisión de mujeres y de diversas organizaciones LGTTBI, de mujeres, políticas, sindicales y sociales, lograron instalar el tema y que la Justicia la escuche. 

El fallo reconoce el derecho a la licencia por maternidad por noventa días contados desde el nacimiento, con percepción íntegra de haberes y exhorta a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires a dictar una normativa respecto del régimen de licencias para el sector público provincial, que contemple las diversas conformaciones familiares.

"Es evidente, tal como lo sostienen la accionante y las ’amicus curiae’, que el régimen jurídico local aplicable no se encuentra actualizado conforme a los derechos emergentes de la nueva legislación de identidad de género (Ley 26.743), de matrimonio igualitario (Ley 26.618), de la diversidad familiar y de las técnicas de reproducción humana asistida (arts. 401 y sgtes., 509 y sgtes.; y 558 y siguientes del CCyCN); por lo que resultará necesario compatibilizar el régimen local a los estándares de protección que dimanan de las normas de la más alta jerarquía en nuestro ordenamiento jurídico", figura en el fallo que reproduce el sitio ID.

DESIGUALDAD DE DERECHOS Malena Díaz Reck "La igualdad ante la ley no es igualdad ante la vida".

De este modo, el fallo abre la puerta a que también los varones trabajadores tengan derecho al mismo tiempo de licencia que las mujeres. Esta igualación, además, permitiría que los empleadores no prefieran contratar hombres, ya que, sin importar el género, tendrán el mismo derecho a los tres meses de licencia. 

"El modelo de familia patriarcal que refleja la ley 10.430, donde el rol de la mujer estaba destinado al cuidado y crianza de los hijos, mientras que el varón debía trabajar para proveer los alimentos, queda en evidencia al otorgar tan disimiles días de licencia a uno y otro caso", agrega la sentencia en ese sentido. 
 
Y por lo tanto afirma que “es imperioso en este sentido que la legislatura local avance en el dictado de una normativa que contemple esta nueva realidad de conformación familiar y de parentesco de un modo inequívoco, con la finalidad de evitar la reiteración de conflictos de esta naturaleza”.