La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner afirmó este domingo que "las garantías procesales de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho no aplican si sos peronista".

Lo hizo al ampliar sus dichos sobre los antecedentes jurisprudenciales del caso contra el exmandatario Fernando de la Rúa por la represión de los días 19 y 20 de diciembre en el 2001. 

"Lo dicho el viernes en nuestro alegato: las garantías procesales de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y todas las demás, no aplican si sos peronista", reiteró la vicepresidenta en una publicación.

Cristina Fernández compartió un texto a través de su cuenta de Twitter, donde advirtió que "para el peronismo" hay "Derecho Penal de autor".

De esta forma, retomó sus críticas a los jueces y fiscales que la investigan por el redireccionamiento de la obra pública en Santa Cruz durante su gobierno. 

Tweet de Cristina Kirchner

La vicepresidenta publicó este domingo en su sitio web una nota titulada "De penas y olvidos" donde comparó su situación procesal con la investigación que se desarrolló luego de la represión de diciembre de 2001. 

Cristina señaló que no sólo el juez Claudio Bonadío sobreseyó al expresidente Fernando De la Rúa en la acusación por homicidio culposo, sino que los otros dos funcionarios que firmaron el decreto que declaró el Estado de Sitio ni siquiera fueron acusados. 

Se trata del jefe de gabinete Chrystian Colombo y el ministro del Interior Ramón Mestre, quienes nunca comparecieron ante la Justicia a pesar de que "el artículo 102 de la Constitución Nacional establece la responsabilidad solidaria de los ministros sobre los decretos que firman". 

La condena se conoció 15 años después, el 23 de mayo de 2016. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 6, que también integraba el juez Giménez Uriburu, condenó al ex secretario de Seguridad Enrique Mathov a 4 años y 9 meses de prisión y al ex jefe la Policía Federal, Rubén Santos, a una pena de 4 años de cárcel. 

Este fallo fue apelado y dos años más tarde, en mayo de 2021, el mismo Tribunal Oral Nº 6 integrado por Giménez Uriburu resolvió reducir la condena de Mathov a 4 años y 3 meses de prisión, y la de Santos a 3 años y 6 meses. 

"Mathov, a quien le dictaron la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos sólo por el término de 8 años y 6 meses, fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo en perjuicio de Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón, y lesiones culposas en perjuicio de más de 20 víctimas", destacó la vicepresidenta. 

El argumento de la Cámara de Casación fue que "en la misma sentencia de juicio se había realizado una doble valoración del carácter de funcionarios públicos de los condenados, por lo cual se habría transgredido el principio llamado ne bis in ídem, es decir la garantía de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho". 

"Curiosamente, la misma Sala 1 de Casación, integrada por Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, es la que tiene dos causas de asociación Ilícita (Memorándum y Hotesur-Los Sauces), que junto a la de Vialidad forman parte de las cinco causas que en forma separada y con el mismo tipo penal se llevan adelante en mi contra. O sea, cinco veces juzgada por el mismo hecho, ¿qué nombre tendrá en latín?", cuestionó la vicepresidenta. 

"Lo dicho el viernes en nuestro alegato: las garantías procesales de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y todas las demás, no aplican si sos peronista. Para el peronismo, Derecho Penal de autor", sostuvo.