Se trata del proyecto que reformó la norma de "ejecución de la pena privativa de la libertad", que era reclamada por familiares de víctimas y que cobró impulso tras el femicidio de la joven entrerriana Micaela García, crimen por el que está acusado un hombre que había sido condenado por violación y al momento del homicidio gozaba del beneficio de la libertad condicional.

Junto a la promulgación de la ley Nº 27.375 a través del decreto 573/2017, firmado por el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Justicia, Germán Garavano; el Poder Ejecutivo también publicó hoy en el Boletín Oficial el texto de la norma por la cual a partir de ahora los autores de crímenes graves ya no tendrán acceso a las salidas transitorias y a la libertad condicional, sino que deberán cumplir todas sus condenas en la cárcel.

En ese marco, la ley establece que no podrán otorgarse esos beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por los siguientes delitos: homicidios agravados; delitos contra la integridad sexual; privación ilegal de la libertad coactiva seguida de muerte; tortura seguida de muerte; robo con armas, o en despoblado y en banda; secuestro extorsivo seguido de muerte; trata de personas; violaciones a la ley antiterrorista; financiamiento del terrorismo; contrabando agravado, y producción y comercialización de estupefacientes.

El proyecto de reforma de la ley de "ejecución de la pena privativa de la libertad" se había votado en noviembre de 2016 en Diputados, pero el 26 de abril pasado el Senado introdujo cambios para acotar a determinados delitos la prohibición de otorgar la libertad condicional o transitoria, y luego la iniciativa volvió a la Cámara baja, que le dio sanción definitiva el 5 de julio último.

(Fuente Télam)