Parece el mundo del revés, ahora acusan al sanatorio Otamendi de homicidio culposo por no suministrarle dióxido de cloro al paciente que obtuvo una orden de un juez para que se le aplique.

“Vamos a denunciar la responsabilidad por homicidio culposo y la responsabilidad del Otamendi en la medida que habiendo una manda judicial se negaron a realizar el tratamiento. Entendemos que eso configura una desobediencia. La práctica la tuvo que realizar el doctor Converti porque a pesar de que existía una manda judicial que autorizaba el tratamiento el sanatorio siguió desoyendo y tuvimos que ampliar el recurso de amparo para que pudiera realizar la práctica médica el doctor Converti, que es externo al Otamendi”. explicó el abogado de la familia García Rúa, Martín Sarubbi.

Después de la medida cautelar aprobada el jueves por el juez federal Javier Pico Terrero, los médicos del Otamendi se negaron a tratar al paciente con dióxido de cloro, una sustancia que no cuenta con autorización del Ministerio de Salud ni de la Anmat.

Eso hizo que el dióxido de cloro fuera suministrado por el neurocirujano personal del paciente, externo al Otamendi, quien a su vez fue quién indicó el tratamiento.