De acuerdo a lo señalado por el Centro de Información Judicial, la Corte confirmó la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones que había contemplado la demanda de daños y perjuicios iniciada por la esposa e hijos de una víctima del atentado a la AMIA, desestimando la defensa de prescripción opuesta por el Estado.

La comunicación indica que el máximo tribunal fundamenta su fallo tras considerar que en 2005, en el marco de una denuncia formulada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por las organizaciones no gubernamentales Memoria Activa, CELS y CEJIL, la República Argentina había suscripto un acta de entendimiento en la que reconocía su responsabilidad,  tanto por el incumplimiento de su función de prevención como por el encubrimiento de los hechos y el incumplimiento de la función de investigación.

La Corte cita en su decisión la denuncia de Memoria Activa y CELS, dos organizaciones que la semana pasada dejaron el recinto en el que el presidente del Máximo Tribunal, Ricardo Lorenzetti daba su discurso de apertura del año judicial aduciendo "maltrato a los familiares"

"Nos dijeron que nos teníamos que quedar en el patio. El tema es el lugar que se le da a los familiares de las víctimas", afirmó Diana Malamud, titular de MA.