“Tiene cinco propiedades, felicitaciones por esta garcha, hermano, te viene bárbaro”, le dijo con ironía y sin disimular la bronca Ofelia Fernández. 

Es que, en efecto, la Ley de alquileres perjudica a los inquilinos y beneficia a los de siempre. Entre ellos el macrista Pablo Tonelli.

Como se puede ver, el Diputado sólo entre el 2000 y el 2002, en momento de la crisis, se volvió un propietario serial. 

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La Ley de alquileres, que fue considerada en el marco de una sesión especial que duró cerca de cuatro horas, deja sin efecto la actualización anual de los contratos y el indicador que rige en la actualidad, que es un un mix que promedia la evolución del IPC y el índice de variación salarial, que es realizado por el Banco Central.

El proyecto de reforma ahora deberá ser tratado por el Senado, cámara en la que la oposición podría no contar con los votos necesarios para convertir en ley la reforma.

El proyecto fue rechazado por 112 diputados, de los cuales 99 fueron aportados por el Frente de Todos (FDT), 4 por la izquierda, 3 libertarios y 2 del interbloque Federal; mientras que 3 legisladores se abstuvieron de votar (2 socialistas y una legisladora del FDT).

Los legisladores que responden al candidato a presidente por La Libertad Avanza, Javier Milei, se opusieron incluso al dictamen de mayoría y de minoría, ya que querían directamente la derogación de la ley de alquileres.

La iniciativa fue sancionada con el respaldo de los votos de 116 diputados de Juntos por el Cambio, 4 del Interbloque Federal -dos de Córdoba Federal y dos de Identidad Bonaerense-, 2 de Juntos por Rio Negro, 2 del bloque Ser y 1 del Frente de la Concordia de Misiones.

El proyecto de reforma aprobado hoy establece que la vigencia de los contratos entre inquilinos y propietarios se reduzca de tres a dos años, con una actualización que podrá efectuarse dentro de un plazo de entre cuatro y doce meses, con un sistema de actualización acordado entre las partes.

En ese sentido, establece que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.