Como en 2016, diputados nacionales del FpV-PJ y de Red por Argentina presentar un proyecto para declarar una Ley de Emergencia Pública Ocupacional que prohíba los despidos por 180 días.

Como se sabe, en su momento la iniciativa fue aprobada pero luego el presidente Mauricio Macri la vetó. En ese entonces el Jefe de Estado aseguró que su gobierno generaría trabajo. Si bien la economía se estabilizó en 2017, al año siguiente la devaluación y la inflación descontrolada paralizaron la actividad económica con el saldo de menos empleo y caída del poder adquisitivo. Los expertos discuten si la recesión terminó o seguirá durante todo el 2019. Mientras tanto, los trabajadores han quedado al desamparo de un Estado que responde con tarifazos en los servicios y el transporte. 

"En 2016 Macri vetó la ley anti despidos prometiendo crear empleo genuino. Nos mintió a todas y todos. Por eso mismo insistimos con la emergencia ocupacional", dijo a Página 12 la diputada de Unidad Ciudadana y titular de los judiciales porteños, Vanesa Siley. 

"Los fundamentos del veto de Macri fracasaron producto de su propia política económica. Solo en 2018 se destruyeron 200 mil puestos de trabajo, de los cuales más de 100 mil pertenecen a la industria, lo que hace más urgente que nunca insistir con esta ley”, agregó la legisladora. 

El proyecto cuenta con el respaldo de Hugo Yasky (secretario general de la CTA de los Trabajadores), Abel Furlán (secretario de la regional Zárate-Campana de la UOM), Pablo Carro (docentes universitario y CTA Córdoba) y Walter Correa (secretario general del Sindicato de Curtidores e integrante de la Corriente Federal). También se sumó el diputado por Red por Argentina, Facundo Moyano. 

El proyecto es prácticamente similar al presentado en mayo de 2016 y que fue votado por ambas cámaras. 

El texto declara la emergencia ocupacional por 180 días, durante los cuales se prohíben despidos y suspensiones trabajadores y trabajadoras sin causa ni en el ámbito público como el privado. También establece "la continuidad automática" de aquellos que estén contratados.

En caso de que las empresas no cumplan, se establece que habrá una "acción de reinstalación y cobro de los salarios caídos se tramitará con el procedimiento sumarísimo previsto en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que ordena la cautelar de  reincorporación hasta que se produzca la sentencia definitiva”.