La disposición provincial que permite las practicas de abortos no punible quedó provisoriamente sin efecto por una medida cautelar dictada por el juez Civil y Comercial de la IV nominación, Claudio Bermúdez. Una mujer que dice ser víctima de una violación no podrá concetar la interrupción del embarazo.
Democracia Cristiana solicitó una medida cautelar contra la disposición provincial que permite las practicas de abortos no punible. Con el protocolo vigente en Santa Fe es necesario una declaración jurada de la víctima pero ahora tendrá que haber mayores requisitos para probar la violación. Esta medida sin embargo no se aplica al aborto terapéutico, que sigue en los mismos términos.
Este partido había presentado la medida judicial contra los dos tipos de prácticas pero solamente fue consedida en los abortos no punibles. Sin embargo esto tampoco significa que la práctica queda vedada, sino que no es suficiente con la declaración jurada de la mujer para demostrar que hubo violación, y con ello habilitar el aborto. Además como es una medida cautelar, puede ser apelada y sometida a revisión.
“Pedimos que se declare inconstitucional porque afecta el derecho a la vida reconocido en tratados constitucionales. Nuestra posición es contra la muerte por aborto y en defensa de toda vida humana”, argumentó Gabriela Quadri, la abogada que presentó el planteo a la Justicia y completó: “Este protocolo obstaculiza la investigación de las violaciones porque sólo se requiere una declaración jurada de la víctima”, con lo cual, argumentan, “el niño será muerto y ni siquiera se sabrá si realmente era fruto de una violación”.

La disposición provincial que permite las practicas de abortos no punible quedó provisoriamente sin efecto por una medida cautelar dictada por el juez Civil y Comercial de la IV nominación, Claudio Bermúdez. Una mujer que dice ser víctima de una violación no podrá concretar la interrupción del embarazo.

El partido Demócrata Cristiano solicitó una medida cautelar contra la disposición provincial que permite las practicas de abortos no punible. Con el protocolo vigente en Santa Fe es necesario una declaración jurada de la víctima pero ahora tendrá que haber mayores requisitos para probar la violación. Esta medida sin embargo no se aplica al aborto terapéutico, que sigue en los mismos términos.

Este partido había presentado la medida judicial contra los dos tipos de prácticas pero solamente fue concebida en los abortos no punibles. Sin embargo esto tampoco significa que la práctica queda vedada, sino que no es suficiente con la declaración jurada de la mujer para demostrar que hubo violación, y con ello habilitar el aborto. Además como es una medida cautelar, puede ser apelada y sometida a revisión.

“Pedimos que se declare inconstitucional porque afecta el derecho a la vida reconocido en tratados constitucionales. Nuestra posición es contra la muerte por aborto y en defensa de toda vida humana”, argumentó Gabriela Quadri, la abogada que presentó el planteo a la Justicia y completó: “Este protocolo obstaculiza la investigación de las violaciones porque sólo se requiere una declaración jurada de la víctima”, con lo cual, argumentan, “el niño será muerto y ni siquiera se sabrá si realmente era fruto de una violación”.