El juzgado Civil y Comercial de La Plata 17 que explicó que la "exclusión de herencia" es por "una causal objetiva de indignidad", prevista en el artículo 3291 del Código Civil. El caso de Barreda estaría incluido dentro de esta figura después de los múltiples asesinatos cometidos en 1992 en la casona en el centro de La Plata.

La Justicia declaró  a Barreda como "indigno" en la sucesión de los bienes familiares y aclaró que "Barreda no participará más como un ciudadano común que solicita heredar todos los bienes en una sucesión".

El 11 de febrero de 2011, Barreda volvió a obtener el beneficio de prisión domiciliaria pero al violarla igual se le otorgó la libertad condicional. "Culminando la semana de la No Violencia contra la Mujer, ante tantos femicidios y maltratos, que se perpetúan, invisibilizan y se transforman en impunes, favorecidos por una cultura ancestralmente machista que todos y todas hemos sabido construir, nos encontramos con esta excelente noticia: el asesino múltiple de mujeres ha sido declarado indigno", dijo a Télam el presidente de la ONG Casa María Pueblo, Dario Witt.

El titular de la ONG que protege a mujeres víctimas de la violencia de género, dijo que el fallo "significa que ha sido reconocido en el proceso de esta sucesión como lo que es Barreda, un asesino femicida con los alcances y limitaciones que la sentencia y la ley le imponen".

En la herencia en litigio está la casona de la cale 48 entre 11 y 12, donde tuvo lugar el cuádruple crimen; dos autos (un Ford Falcon verde y un DKW) y una moto Siambretta, además, una casa de veraneo en Mar del Plata, que está intrusada, y un terreno en la provincia de Buenos Aires.

Los asesinatos ocurrieron  el 15 de noviembre de 1992 en la casona de 48 entre 11 y 12 de La Plata, cuando Barreda mató con disparos de escopeta a su esposa Gladys McDonald (57), a su suegra Elena Arreche (86) y a sus dos hijas Cecilia (26) y Adriana (24). Por este múltiple asesinato, en 1995, Barreda fue condenado a prisión perpetua, aunque a principios de 2008 le concedieron el beneficio del arresto domiciliario por su buena conducta y por ser mayor de 70 años, revocado luego por violarlo con la excusa de necesitar ir a una farmacia.