En Mar del Plata, el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 condenó a prisión perpetua a Matías Gabriel Farías (29), por considerarlo autor del femicidio de Lucía Pérez, y 15 años a Juan Pablo Offidani (48) por ser partícipe secundario. 

Los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone realizaron desde las 14.30 la lectura del fallo, donde hallaron la culpabilidad de los acusados. 

Farías fue condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes en concurso real con femicidio. 

En tanto que Offidani lo consideraron como partícipe secundario del mismo delito. Inicialmente estaba previsto que la sentencia se diera a conocer el último 17 de marzo, pero el TOC 2 la reprogramó para este jueves, luego de rechazar un pedido de recusación presentado por las defensas de los imputados. 

Los magistrados no hicieron lugar a un planteo realizado por la defensora oficial de Farías, Laura Solari, y por el abogado particular de Offidani, César Sivo, quienes habían pedido que fueran apartados del caso y que se dictara "la nulidad de todo lo actuado". Solari y Sivo consideraron que "desde el inicio de este segundo juicio" hubo un "avasallamiento de los derechos humanos" de sus defendidos y una "indebida intromisión del Poder Ejecutivo sobre el Poder Judicial", y cuestionaron en ese sentido el pedido de "justicia por el femicidio de Lucía Pérez" realizado por el presidente Alberto Fernández, tras un reciente encuentro con Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de la adolescente de 16 años. 

Según arrojó la instrucción de la causa, Lucía había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana. Según se acreditó, en la tarde del 8 de octubre de 2016 la menor a una sala de salud de la zona sur de la ciudad, a donde llegó sin vida, luego de pasar la mañana en la casa de Farías, en Racedo al 4800, en el barrio Alfar. 

Peritos que declararon en el juicio señalaron que la principal hipótesis sobre la causa de su muerte apunta a una falla cardíaca vinculada al consumo de cocaína, y señalaron que, si bien no era posible descartarlo, no se hallaron signos de un abuso sexual. 

Durante el primer juicio por el caso, en noviembre de 2018, Farías y Offidani fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, del TOC 1, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela, y fueron absueltos del resto de los cargos. 

En agosto de 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, dispuso la "nulidad" del juicio y ordenó la realización de uno nuevo, resolución que fue confirmada un año más tarde por la Corte provincial. Qué hacer ante un caso de violencia de género 

En caso de violencia por motivos de género, comunicarse telefónicamente con el 144. Se trata de la línea nacional gratuita en todo el país que brinda contención, información y asesoramiento. Para casos de riesgo, llamar al 911. También es posible comunicarse por WhatsApp al 1127716463 o por mail a linea144@mingeneros.gob.ar.