En un contexto económico desafiante, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado una medida destinada a aliviar la carga fiscal de ciertos monotributistas. Esta decisión tiene como objetivo principal fomentar la formalización de actividades económicas específicas y brindar un respiro económico a pequeños contribuyentes.

La decisión de ARCA se enmarca en una serie de políticas orientadas a incentivar la regularización de sectores. Es fundamental que los monotributistas estén atentos a las condiciones y requisitos establecidos para acceder a este beneficio.

La medida que hace que los monotributistas no tengan que pagar el impuesto

Algunos contribuyentes del Monotributo se verán beneficiados con esta medida de ARCA
Algunos contribuyentes del Monotributo se verán beneficiados con esta medida de ARCA

Durante mayo de 2025, numerosos contribuyentes verán aliviada su carga impositiva gracias a una nueva disposición de ARCA. La medida beneficiará especialmente a quienes estén inscriptos en el monotributo y se dediquen al alquiler de propiedades.

Para acceder a esta exención, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Estar adherido al Régimen Simplificado de Monotributo.
  • Tener un máximo de dos propiedades en alquiler.
  • No haber declarado otras actividades económicas dentro del régimen.
  • Los contratos de locación deben estar debidamente registrados en el RELI (Registro de Locaciones de Inmuebles).

La escala de monotributo y cuánto se debe pagar

  • Categoría A: tope de facturación anual de $ 7.813.063,45, se paga $ 32.221,31
  • Categoría B: tope de facturación anual de $ 11.447.046,44, se paga $ 36.679
  • Categoría C: tope de facturación anual de $ 16.050.091,57, se paga $42.951,25 para servicios y $41.982,19 para el comercio de bienes.
  • Categoría D: tope de facturación anual de $ 19.926.340,10, se paga $ 55.047,33 para servicios y $ 53.714,87 en comercio de bienes
  • Categoría E: tope de facturación anual de $ 23.439.190,34, $77.946,73 para servicios y $70.436,50 para bienes
  • Categoría F: tope de facturación anual de $ 29.374.695,90, $98.096,95 en servicios y $84.530,08 de bienes.
  • Categoría G: tope de facturación anual de $ 35.128.502,31, $149.836,62 en servicios y $103.321,64 para el comercio de bienes.
  • Categoría H: tope de facturación de $ 53.298.417,30, $340.061,68 en servicios y $206.815,63 en bienes.
  • Categoría I: tope de facturación de $ 59.65 7.887,55, $626.993,55 en servicios y $309.020,04 en bienes.
  • Categoría J: tope de facturación de $ 68.318.880,36, $759.420,03 para servicios y $377.851,82 para bienes.
  • Categoría K: tope de facturación de $ 82.370.281,28, $1.050.323,75 en el caso de servicios y $456.773,20 para el comercio de bienes.