Caso Walter Bulacio: tras 22 años, llega el juicio oral
El caso del joven de 17 años que murió después de ser detenido en un recital de Los Redonditos de Ricota llega a juicio oral desde el 24 de septiembre, tras sortear un cierre por prescripción y una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La historia de un caso emblemático de la violencia institucional de la policía.
Tras 22 años del asesinato de Walter Bulacio -de 17 años-, el comisario jubilado Miguel Angel Espósito será juzgado desde el 24 de septiembre por la privación ilegal de la libertad sufrida en 1991, y no por la muerte.
Para la abogada María del Carmen Verdú, de la Correpi, el juicio oral y público “llega tarde y mal porque Espósito es el único imputado y porque nadie será juzgado por la muerte de Walter, quien falleció a consecuencia de la tortura física y psicológica sufrida durante su detención ilegal, junto con otros 73 jóvenes”.
Bulacio y otros 73 chicos pretendían ingresar a un recital de Los Redonditos de Ricota que se hacía la noche del 19 de abril de 1991 en el estadio Obras Sanitarias, en el barrio de Núñez.
Verdú arrojó un dato escalofriante: "Desde que murió Walter Bulacio tenemos 3000 personas que entraron a comisarías y no salieron". Y amplió, sobre la figura de la abuela de Walter, ejemplo de lucha solitaria: "No hay expectativa en la familia y en Correpi. El juicio llega tarde y mal. No están todos los que deberían".
La titular de la Correpi dio su parecer sobre el caso: "El operativo policial también tenía como objeto darle una lección a los comerciantes de la zona que pagaban las coimas a la policía". Y concluyó: "Sino fuese por la muerte de Walter no hubiésemos sabido que pasó esa noche
El juicio estará a cargo de los jueces Rodolfo Goerner, María Deluca Giacobini y Alejandro Litvack, del TOC29, el mismo que fijó ya dos veces fecha para el inicio del debate, la última de ellas en junio de 2011, pero en ambas oportunidades fue postergado ante planteos de la defensa.
La historia antes de su muerte
El 19 de abril de 1991, Walter Bulacio, un joven de 17 años, intentaba ingresar al Estadio de Obras Sanitarias para disfrutar del un recital de Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota. Sin embargo, nunca llegó a escuchar siquiera un tema.
En una razia del personal policial de la Seccional 35, a cargo de Espósito, el menor de edad terminó detenido y trasladado a la Comisaría pese a la Ley de Patronato de Menores prohíbe la este acto sin intervención del juez competente.
Cuando lo liberaron, a la mañana siguiente, fue directamente al Hospital Pirovano donde lo diagnosticaron con traumatismo de cráneo. Walter le contó al médico que había sido brutalmente golpeado por la policía. Días más tarde, el 26 de abril, falleció. La causa: golpes con objetos contundentes en miembros, torso y cabeza, detallaron en su autopsia.
La causa penal por la muerte de Walter prescribió en 2002 debido a la lentitud de los procesos judiciales. Pasó por varios juzgados, desde Menores hasta el fuero Penal, antes de que la Cámara de Apelaciones ordenar su unificación.
El comisario Espósito fue procesado por privación ilegítima de la libertad, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, pero nunca por asesinato. En 1992, fue enviado a prisión preventiva por el primero de estos cargos.
Sin embargo, la decisión fue revocada por el tribunal de alzada debido a que, según justificaron los jueces, la suya era "una práctica policial habitualmente vigente". Así, el comisario que llevó preso ilegalmente a Bulacio, fue sobreseído y su prisión revocada.
En 1996 la causa pasó a manos del Juzgado de Sentencia "W", desde donde se dictó prisión preventiva para Espósito pero se le concedió la excarcelación.
En enero de 2001, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó la demanda de este caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, denunciando “la vulneración de derechos a la libertad e integridad personal, a la vida, a las garantías judiciales, a la protección judicial, y los derechos de los niños”, y donde aseguran que Walter murió “producto de las condiciones de detención y las torturas recibidas en el mismo cuerpo policial”.
Dos años después, la Corte emitió Sentencia. Por unanimidad, ordenó al Estado argentino a proseguir y concluir la investigación del conjunto de los hechos de este caso y sancionar a los responsables de los mismos. Además, dictaminó que el Estado debe garantizar que no se repitan hechos como los sucedidos en abril de 1991 y a pagar una indemnización a la familia Bulacio.
Pero el fallo más importante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es que declaró el hecho como un “Delito de lesa humanidad” y, por lo tanto imprescriptible.