La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un trámite esencial para garantizar la seguridad y el buen estado de los vehículos en las rutas. En 2025, se han implementado varias novedades que mejoran y agilizan el proceso, con el objetivo de optimizar la experiencia tanto para los conductores como para los técnicos responsables de la inspección. 

Uno de los cambios más destacados es la actualización de los requisitos para realizar la VTV, que ahora incluye mayores controles y nuevas herramientas tecnológicas para la inspección. Estas medidas apuntan a un control más preciso de los vehículos, con especial atención a los sistemas de seguridad y emisiones contaminantes.

Cuándo se debe hacer la VTV para un auto nuevo y cada cuánto tiempo se debe renovar

Conocé las fechas de la VTV en el 2025
Conocé las fechas de la VTV en el 2025

En su sitio web oficial, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires destacó que, con el fin de asegurar que "todos los vehículos que transitan por las calles de la ciudad estén en condiciones óptimas", la VTV debe realizarse una vez al año. 

El mes en el que se debe solicitar el turno varía según el último dígito de la patente del vehículo.

  • Patentes terminadas en 0: Vencen el 31 de octubre
  • Patentes terminadas en 1: Vencen el 30 de noviembre
  • Patentes terminadas en 2: Vencen el 28 de febrero
  • Patentes terminadas en 3: Vencen el 31 de marzo
  • Patentes terminadas en 4: Vencen el 30 de abril
  • Patentes terminadas en 5: Vencen el 31 de mayo
  • Patentes terminadas en 6: Vencen el 30 de junio
  • Patentes terminadas en 7: Vencen el 31 de julio
  • Patentes terminadas en 8: Vencen el 31 de agosto
  • Patentes terminadas en 9: Vencen el 30 de septiembre

Qué grupos no pagan el trámite de la VTV

  • Jubilados, pensionados o mayores de sesenta y cinco años en todos los casos cuyos ingresos regulares no superen el haber mínimo jubilatorio y posean un vehículo cuyo valor no exceda el mínimo indicado para el pago del impuesto a la radicación de vehículos de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Personas con discapacidad con vehículos con o sin adaptaciones especiales. En caso que sean propietarios de más de una unidad, se lo beneficia con exención del pago de un solo vehículo.