Este fin de semana las redes sociales se inundaron de indignación por la manera violenta en que se mostró Mariano Obarrio junto a un grupo de mujeres con sus pañuelos celestes, festejando en la puerta del Hospital Rivadavia que habían vulnerado el derecho de una mujer que pidió que se le practique una Interrupción Legal del Embarazo. 

Fuentes de la Campaña Nacional por el Aborto Legal Seguro y Gratuito le informaron a Diario Registrado, que más allá de esas publicaciones y denuncias (médicos del Hospital denunciaron una semana atrás amenazas y pintadas contra ellos) fue un "poco de teatro", porque a la mujer que corría riesgo de vida si continuaba con el embarazo (es una de las causales contempladas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo FAL), se le cumplió el protocolo. 

Lo que más preocupa es que se produjo esta intervención de los antiaborto gracias a que se filtró el caso desde el nosocomio. 

El sábado, el periodista de La Nación y ferviente antiderechos se grabó en el Hospital Rivadavia junto a otras mujeres que se mostraban con sus pañuelos celestes antiaborto festejando que habían logrado que se suspendiera la interrupción y que era posible que no se realizara. 

En la explicación que da el militante pro aborto clandestino aseguraba que en ese caso la interrupción del embarazo "no estaba debidamente fundamentada" y aseguraba que los médicos y el director del Hospital Rivadavia no querían llevarlo a cabo. 

Sabrina Cartabia (@MissOprostol), abogada feminista, explicó a Diario Registrado que hubo una violación del secreto profesional y de la paciente, lo que sería un delito penal, y que un fiscal de oficio podría accionar contra éstos. 

Cantabria recuerda además que hubo un caso similar que se resolvió en 2011 que llegó al Comité de Derechos Humanos de la  ONU, (LMR contra Argentina), donde una joven embarazada en 2006 encuadraba dentro de los parámetros de la ley de aborto no punible pero la justicia y fuertes presiones de grupos religiosos se lo denegaron. 

Encuadrado en el artículo 86 inciso 2º del Código Penal, le practicaron los exámenes prequirúrgicos para concretar la intervención. Pero una orden de la jueza de Menores de La Plata Inés Siro que exigía la interrupción de todos los procedimientos médicos sobre LMR. Y a partir de ahí se inició el proceso para impedir el aborto, cuyo puntapié inicial fue, en realidad, la intervención de la titular de la UFI Nº 5 de La Plata, Sonia Leila Aguilar, que –más allá de sus atribuciones– extrajo un juego de fotocopias de la investigación iniciada por el abuso sexual y las remitió con carácter de urgente a la jueza Siro, que estaba en turno.

Finalmente el máximo tribunal bonaerense, un mes y medio después de la denuncia de la violación y del pedido de interrupción del embarazo, ratificó la constitucionalidad del artículo 86 del Código Penal, y además aclaró que en casos similares no es necesaria una autorización judicial. 

 Pero aun con el permiso judicial, el Hospital San Martín se negó a realizarle el aborto (alegó que el embarazo estaba muy avanzado pero luego se supo que todos los médicos habían hecho objeción de conciencia) y no hubo otro centro médico del sector público donde pudiera hacérselo. Tuvo que recurrir, con el apoyo del movimiento de mujeres, a una clínica privada.

“Esas intervenciones ilegales y arbitrarias de la fiscal Aguilar y la jueza Inés Siro constituyen la primera de las violaciones de los derechos humanos de LMR”, señala la demanda elevada al Comité de Derechos Humanos de la ONU. “Esta violación se agrava con presiones, cuando extralimitando en sus funciones la jueza Siro recomienda (a la madre de LMR) continuar el embarazo y dar su producto en adopción, lo que constituye una grave violación a la autonomía reproductiva y al derecho a la intimidad”, consideran las denunciantes. “Para justificar esta violación al derecho de LMR al aborto legal se utilizaron argumentos confesionales que fueron plasmados en el texto de la resolución de la jueza Siro y se hicieron públicos en sus manifestaciones a la prensa. El incumplimiento de las leyes que autorizan el aborto en casos de violación, imponiendo las creencias personales de una jueza particular, viola la libertad religiosa y la autonomía de conciencia de las personas”, señala la denuncia ante el CDH.

La familia de LMR sufrió además las presiones de la Iglesia Católica para que no se practicara el aborto. Hasta el rector de la Universidad Católica de La Plata, Ricardo Manuel de la Torre, fue personalmente hasta su casa para ofrecerle dinero a su madre y presionarla para que su hija continuara con el embarazo y diera al nacido en adopción. Estas intimidaciones sobre la familia y también sobre funcionarios judiciales y profesionales médicos que intervinieron en el caso son denunciadas con detalle ante el CDH.

En el fallo, critican duramente estas presiones que son consideradas como "una barrera al acceso a los servicios de salud" y que deberían ser sancionados por obstaculizar la ILE.