A partir de este viernes comenzó a regir la cuarentena total y obligatoria hasta el 31 de marzo con el fin de evitar la propagación del coronavirus. Aquellos que no cumplan con esta nueva medida recibirán severas sanciones.

Según detalla el Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU) emitido por el presidente Alberto Fernández, en caso de que los ciudadanos no cumplan con el aislamiento social, preventivo y obligatorio "se procederá a cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente en el marco de los artículos 205 y 239 del Código Penal".

Esto quiere decir que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia", según detalla el artículo 205.

Por su parte, el artículo 239 indica que tendrá una pena de prisión "de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones".

Además, el DNU señala que el Ministerio de Seguridad "deberá disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en el presente decreto y procederá a su retención preventiva por el tiempo que resulte necesario" a fin de evitar el desplazamiento de autos que pongan en peligro a la salud pública.