La lectura del fallo estuvo a cargo del presidente del Tribunal, el japonés Shunji Yanai, quien señaló que la fecha límite para efectivizar la liberación de la nave insignia de la Armada Argentina es el 22 de diciembre próximo.

En los considerandos, el organismo de arbitraje internacional consideró que la fragata es una "expresión de soberanía argentina", por lo que la decisión ghanesa de retenerla afecta la inmunidad diplomática de acuerdo al derecho internacional.

También se estableció la "falta de jurisdicción" del juez ghanés Richard Adjei Frimpong para retener un buque de estas características, y dispuso que "cada país deber hacerse cargo de los gastos que le correspondan a cada uno".

El caso tuvo sus audiencias el 29 y el 30 de noviembre pasados, donde Argentina exigió que "Ghana permita al buque de guerra argentino Fragata ARA Libertad salir del puerto de Tema y de las aguas jurisdiccionales" del país africano.

Uno de los argumentos más fuertes de los representantes argentinos es que al tratarse de un buque de guerra, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar marca que es inembargable.

La parte dio por probada que el barco hace más de 50 años representa al país, que su visita a Ghana fue autorizada e incluso, que hubo una ceremonia formal de bienvenida cuando amarró el 1 de octubre.

También se precisó que el juez Richard Adjei-Frimpong, que ordenó la retención respondiendo a los intereses del fondo buitre NML Capital, no tiene jurisdicción para tomar esa medida.