Tras el último fallo de la Corte Suprema argentina relativo a una causa que incluía delitos de Lesa Humanidad y en la cual se aplicó el beneficio del dos por uno, la Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos le envió un mensaje al máximo tribunal y le pidió "no invocar disposiciones de derecho interno como justificación del incumplimiento de una obligación internacional".

En la misma misiva se recordó la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, la cual fue ratificada por Argentina en 1995 y que goza de jerarquía constitucional, sumada al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Allí las letras con claras, se sostiene que  "estos delitos son imprescriptibles", a la vez que "instauran el esquema jurídico para su juzgamiento y la reparación de las víctimas".

El comunicado que fue firmado por el representante del Acnudh para América del sur, Amerigo Incalcaterra, y que divulgó este lunes la oficina con sede en Santiago de Chile, indicó: "Los crímenes de lesa humanidad agravian no sólo a las víctimas, sino a todos los seres humanos. Por ello, no pueden asimilarse a delitos comunes y su gravedad requiere de una sanción proporcional".

El texto también dice que el derecho a la verdad, la Justicia y la reparación "son derechos humanos reconocidos internacionalmente", y "han sido objeto de recomendaciones al Estado argentino por parte de mecanismos de protección de derechos humanos de las Naciones Unidas". "El derecho a la reparación de las víctimas de estos delitos es un derecho humano básico, consagrado en tratados universales y regionales de derechos humanos, así como en otros instrumentos internacionales, por lo que debe ser protegido" finalizó.