Mariano González Palazzo, camarista en lo penal e integrante de la Sala Cuarta de la Cámara del Crimen, junto con Alberto Seijas y Carlos Alberto González, y un reconocido simpatizante de Boca Juniors, se excusó de intervenir en contra de la denuncia que involucra a Fernando Niembro.

Tal reza el inciso undécimo del artículo 55 del Código Procesal Penal, “el juez deberá inhibirse de conocer en la causa… si tuviere amistad íntima, o enemistad manifiesta con alguno de los interesados”.

González Palazzo se automarginó de la causa amparado en ese inciso antes de que su tribunal decidiera sobre un recurso del fiscal Carlos Velarde, quien pidió una serie de medidas de investigación que le fueron denegadas por el juez Roberto Ponce.

González Palazzo “fundó su pedido en la relación de ‘amistad íntima’ con el imputado Mauricio Macri”, según explica documentación publicada por Tiempo Argentino.

Sus colegas Seijas y González entendieron que “la razón alegada por el juez González Palazzo (amistad íntima) se adecua a las previsiones del Código Procesal Penal de la Nación”. Por ello –añadieron- “corresponde aceptar su solicitud de apartamiento”.

Una cámara incompleta

La Cámara, integrada entonces –por ahora- por sólo dos jueces, debe resolver una cuestión determinante para el futuro de la investigación.

El expediente lleva el número 51618/15 y su carátula reza “Macri, Mauricio y Niembro, Fernando”. El fiscal de instrucción Carlos Velarde presentó una apelación contra la medida por la cual el juez Ponce “no hizo lugar a las medidas propiciadas” para avanzar en la pesquisa. En condiciones normales, el planteo pudo haberse resuelto rápidamente, por varios caminos procesales.

“Si bien hemos interpretado que la negativa a disponer intervenciones telefónicas y allanamientos en principio no conforma el universo de decisiones contra las cuales el Código Procesal Penal de la Nación habilita la vía recursiva, no puede soslayarse su incidencia en la devolución de la causa a la fiscalía en los términos de la delegación oportunamente realizada, la que es susceptible de ocasionar un agravio de imposible reparación ulterior cuando el acusador público ya ha solicitado al juez que, ante tal circunstancia, reasuma la investigación”, dijeron los camaristas el 19 de octubre pasado.

Entonces convocaron a una audiencia para ocho días más tarde, con el objetivo de analizar si ordenaba o no los allanamientos y las escuchas telefónicas. En esa audiencia, que duró menos de diez minutos, Velarde estuvo representado por el fiscal de Cámara Joaquín Gasset.

El plazo para resolver se vencerá este martes. Si un fiscal considera necesarias determinadas medidas y el juez las rechaza, una eventual concreción tardía de esas mismas medidas con alto grado de probabilidad no servirá para nada. En ese estado se encuentra hoy el expediente.