La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de las elecciones populares de miembros del Consejo de la Magistratura de la Nación.

Fuentes judiciales informaron que la magistrada falló sobre dos recursos de amparo que habían presentado el presidente del Colegio Público de Abogados, Jorge Rizzo, y el Partido Demócrata Cristiano.

Al respecto, las fuentes destacaron que se trata del primer fallo judicial que resuelve sobre el fondo de la ley, porque hasta el momento se habían conocido medidas cautelares sobre el tema.

Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 del Consejo de la Magistratura y del decreto 577\13 que convoca a elección de consejeros, abogados, jueces y académicos.

"Dejar sin efecto jurídico la convocatoria electoral prevista para la elección de miembros del Consejo de la Magistratura", resaltó el dictamen.

Según las fuentes, el fallo de Servini de Cubría es apelable. La jueza se reincorporó hoy a sus funciones luego de una semana de licencia.

En la víspera, el Ejecutivo había ratificado que las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se realizarán el 11 de agosto próximo, más allá de la decisión que pueda tomar la Justicia sobre la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura.

Por otro lado, el juez federal de San Martín Oscar Papavero habría hecho lugar a un planteo del Colegio Público de Abogados de San Isidro, que pidió una acción declarativa de certeza contra la reforma por la condición que indica que quien quiera ser parte del Consejo de la Magistratura debe integrar un partido político.

Ahora deberá definir la Corte Suprema de Justicia, que deberá  dar la palabra final si su intervención es solicitada por el Poder Ejecutivo a través de un recurso de per saltum o si considera que la definición es de "gravedad institucional".