La Legislatura de la Provincia de Buenos Aires convirtió en ley el proyecto de la diputada pilarense, Lucía Portos (FPV). La nueva norma establece que toda publicidad en la que aparezca una figura humana que haya sido modificada por medios digitales, debe exhibir, con tipografía visible y clara, la leyenda: "esta imagen ha sido retocada y/o modificada digitalmente”.

La Ley involucra a las publicidades estáticas difundidas en vía pública y las que aparecen en los medios gráficos de cualquier tipo en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

Entre los fundamentos de la nueva ley, se menciona que "hablar de unos parámetros de belleza que son físicamente inalcanzables, tiene consecuencias tan graves en la sociedad” como "las enfermedades y desórdenes alimenticios” de los cuales, se estima afectan a entre el 0,5% y el 3% de mujeres en el mundo, cifra que aumenta cuando la población analizada se extiende a jóvenes sanas con conductas alimentarias anormales.
Portos señaló que "como consumidores, tenemos derecho a que se nos diga la verdad sobre el alcance de los productos, las imágenes retocadas son publicidad engañosa”. Y agregó que "la promoción de parámetros de belleza imposibles, es violencia simbólica, fomenta la discriminación y la intolerancia hacia la diferencia de aspectos y elecciones estéticas”.

La aplicación de la ley estará a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia. Las sanciones y multas estarán basadas en los escalafones y montos previstos en las Leyes Nacionales N° 22.802, de Lealtad Comercial, y N° 24.240, de Defensa del Consumidor.