Los jueces de la Cámara de Casación Penal ordenaron reabrir la causa Nisman, en la que el fiscal denunciaba a Cristina Fernández de Kirchner y otros ex funcionarios de gobierno por encubrimiento en el atentado de la AMIA.

La resolución fue adoptada por la Sala I de dicho tribunal, lo que permitirá que la investigación retome su curso, a pesar de haber sido desestimada por todas las instancias judiciales por "inexistencia de delito".

Aún falta determinar qué juez quedará a cargo de la causa y con el inicio de la feria judicial se prevé que la causa se retome recién en febrero.

En agosto, el juez Daniel Rafecas había resuelto no hacer lugar a la petición de la Daia de reabrir la investigación relacionada con la denuncia que en enero de 2015 presentara el fallecido fiscal Nisman.

Un mes más tarde, en septiembre, la Sala I de la Cámara Federal rechazó los recursos de apelación del Ministerio Público Fiscal y de la DAIA contra la resolución del juez Rafecas, que había desestimado la "reapertura" de la causa y que se le otorgue a la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas el carácter de parte querellante

En su resolución, Rafecas sostuvo que "las dos cuestiones que aquí viene a presentar la DAIA en su escrito, lejos de cambiar el parecer del suscripto en este asunto, lo refuerzan, pues en definitiva revelan una ausencia de reales elementos de prueba que vengan a poner en tela de juicio las afirmaciones antes desarrolladas".

"Por un lado, una conversación telefónica entre el ex Canciller Timerman y el dirigente comunitario Guillermo Borger, de la cual, lo único relevante a los efectos de esta causa, es que el primero de los nombrados le atribuye a Irán la responsabilidad de haber colocado el explosivo en la sede de la AMIA en 1994, esto es, una afirmación, en términos coloquiales, de la postura que la República Argentina ha venido sosteniendo oficial y públicamente" desde 2006.

"Francamente entonces, no se advierte en qué esta conversación puede poner en jaque el sólido edificio fáctico y jurídico, que se evidencia en esta causa, consolidado en las tres instancias penales", señaló en los argumentos.

Respecto del otro argumento según el cual la declaración de inconstitucionalidad del Pacto con Irán ha quedado firme, sostuvo el Juez que "tanto en la resolución de desestimación de primera instancia, como -especialmente- en la decisión del Superior, ha quedado bien en claro que la cuestión de la declaración de inconstitucionalidad del Pacto con Irán fue tenido muy en cuenta para desarrollar los argumentos tendientes a desechar la denuncia del Dr. Nisman y por lo tanto, el mero dato de que dicha inconstitucionalidad adquirió firmeza, no viene más que a reafirmar aquellos argumentos en tal sentido".