Este lunes la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictó una medida provisional a favor de Milagro Sala y le reclamó al Estado que "de manera inmediata" sustituya la prisión preventiva en el penal de Alto Comedero "por la medida alternativa de arresto domiciliario".

En el fallo, el tribunal internacional instó al Gobierno de Cambiemos que "adopte, de manera inmediata, las medidas de protección que sean necesarias y efectivas para garantizar la vida, integridad personal y salud de la señora Milagro Sala". 

"En particular, el Estado debe sustituir la prisión preventiva de la señora Sala por la medida alternativa de arresto domiciliario que deberá llevarse a cabo en su residencia o lugar donde habitualmente vive, o por cualquier otra medida alternativa a la prisión preventiva que sea menos restrictiva de sus derechos que el arresto domiciliario", indicó.

En la misma línea, el órgano judicial de la Organización de Estados Americanos (OEA) le ordenó al Estado que presente -con fecha límite el 5 de diciembre próximo- un informe completo sobre las medidas provisionales adoptadas en cumplimiento de la sentencia cautelar, "luego de lo cual deberá continuar informando a la Corte cada tres meses".

Además, la Corte le solicitó al Estado "que realice las gestiones pertinentes para que la atención médica y psicológica que se brinde a la señora Sala se planifique e implemente con la participación de la beneficiaria o sus representantes".

La Corte tomo conocimiento del caso Sala luego de que la CIDH le pidiera intervención, al afirmar que fueron "incumplidas" las medidas cautelares en su caso por parte del Estado tras el regreso de la líder de la Tupac Amarú al penal de Alto Comedero. 

Luego de haberle otorgado la prisión domiciliaria a Milagro Sala, la Cámara de Apelaciones y Control de la Provincia de Jujuy ordenó el retorno de la diputada del Parlasur al Penal, "porque se habría negado a ser trasladada a un centro médico donde se le practicarían exámenes clínicos".