El abanico de la discusión actual por el impuesto a las ganancias tiene tantos pliegues como para palear el calor de los veranos más agobiantes. Veamos algunos de ellos.

Ya desde la misma definición del gravamen, comienza la controversia. El impuesto a las ganancias, que se aplica no solo en la Argentina, es denominado en la mayoría de los países donde rige, como impuesto sobre los ingresos personales. A priori, es una diferencia semántica. Pero con el debate en ciernes, la palabra “ganancias” ya implica otra connotación. Si bien su nombre no modifica el contenido, es un detalle desde lo simbólico y desde el significado del lenguaje que no debe pasar por alto. Haciendo esta salvedad, el eje del conflicto actual en nuestro país se para en determinar si el impuesto es justo o no lo es.

El denominado impuesto a las ganancias es aquel que debe tributar un sector de los trabajadores en relación de dependencia. Se trata del universo de empleados que cobran los salarios más altos. Su aplicación por parte de la AFIP, se basa en una escala determinada y a partir de un piso establecido en la actualidad por el poder ejecutivo (esto se debe a las sucesivas prórrogas de la ley de emergencia económica, a partir de lo cual el Congreso faculta al Gobierno para establecer ese número). A ese piso se lo denomina mínimo no imponible. El impuesto se calcula en términos anuales y es progresivo. Según el actual mínimo no imponible, hoy deben pagar Ganancias los trabajadores solteros que ganan mas de $5.782 promedio por mes y los casados con dos hijos que perciben mas de $7.998 promedio por mes.

El mayor problema radica en que el piso y la escala para la aplicación del gravamen quedaron atrasados respecto de la inflación y de los aumentos en paritarias. Esto se debe a que durante algunos años, el gobierno congeló ese piso. De hecho, según un informe de Cifra, perteneciente a la CTA, desde 2008 el mínimo no imponible se incrementó solo en un 44,0 por ciento. Pero en ese mismo período, el índice de precios al consumidor medido por las provincias creció un 75,9 por ciento y el salario nominal aumentó un 96,6 por ciento.

A partir de los sucesivos aumentos salariales, ahora son más los trabajadores que deben pagar. Y, por las escalas que siguen en el freezer, los que ya pagaban, ven afectada una porción mayor de su sueldo. En 2001, 437.492 empleados en relación de dependencia estuvieron alcanzados por el gravamen. Esto representa menos del 10% del total de los asalariados en blanco. La contracara se ve más de diez años después: en 2012, 1 millón 850 mil aportaron al fisco mediante Ganancias, más del 20%. Por un lado es un buen indicador, ya que implica que hay una masa de empleados en relación de dependencia que ha mejorado notablemente sus ingresos en los últimos años. Pero al mismo tiempo, para los que ya tributaban y para los que se incorporaron, esos ingresos no son un número significativo al bolsillo, si se tiene en cuenta la inflación. Si bien en muchos de los casos no representa una pérdida del poder adquisitivo o de la capacidad de compra, sí implica que esas mejoras salariales no son percibidas por esos trabajadores en términos reales. En otras palabras, ganan más pero al mismo tiempo los precios suben (aunque, hay que decirlo, casi al compás de las mejoras salariales o jubilatorias) y deben pagar más al fisco. En muchos casos, el Estado llega a retenerle al trabajador, con deducciones incluidas, hasta un sueldo o un aguinaldo al año, o incluso más en los casos de los sueldos mas altos. En estas condiciones, un impuesto que en su esencia es y debe ser progresivo, termina siendo regresivo.

Uno de los principales pliegues del abanico de este debate se centra en cómo debe solucionarse el problema. El reclamo está en la voz de diferentes sectores sindicales. Pero puntualmente desde la CGT liderada por Hugo Moyano, se muestra teñido por intereses políticos y la puja con el Gobierno Nacional. Esta central obrera pide directamente la eliminación del impuesto o solamente la actualización anual del mínimo no imponible. Lo cierto es que, como señalamos, no sólo está desactualizado el piso, sino sobre todas las cosas, es la curva, la escala de tasas a partir de la cual se calcula el gravamen, la que está fija desde hace mas de diez años. Esa escala, intacta desde el año 2000, establece porcentajes para la tributación de entre el 9% y el 35% del total del salario. Este retraso genera entre otras cosas que, por ejemplo sea cada vez mayor la porción del sueldo que se destina al pago del impuesto. Por lo tanto, a la hora de repensar el impuesto a las ganancias, se debe modificar no sólo el mínimo no imponible sino, sobre todo, dicha escala.

Además, hay otros puntos de las características de este impuesto que deberían actualizarse. Uno de ellos tiene que ver con las deducciones que pueden hacer los trabajadores para el pago del gravamen. Así lo señala Sergio Arelovich, docente de Economía Política de la Universidad Nacional de Rosario, en una entrevista con el colega Tomás Lukín: “Un trabajador que tiene la posibilidad de pagar una cuota de crédito hipotecario puede deducir hasta 20.000 pesos anuales en concepto de intereses en su declaración jurada de Ganancias, mientras que quien tiene un ingreso que no le permite acceder al crédito no puede deducir el alquiler, al menos por un importe equivalente a los intereses. ¿Por qué un trabajador soltero, sin familiares a cargo, que cobra más de 5782 debe pagar el impuesto, si –para el caso de quienes alquilan– la mitad de ese importe se destina a la locación? Además, es cuestionable que la deducción de cónyuge sólo sea admisible en la medida que su ingreso mensual no supere los 1100 pesos, esto es que perciba una remuneración inferior al valor legal del Salario Mínimo Vital y Móvil que hoy está en 2300 pesos. La deducción por cónyuge debiera tener, por lo menos, armonía con este último valor. ¿Por qué la deducción por cónyuge sólo es admisible si existe “Contrato de Matrimonio” y no unión de hecho?” (*)

El año que pasó, la AFIP registró records de recaudación en varias oportunidades, en las mediciones mes a mes. Esos records fueron empujados, sobre todo por Ganancias. Es decir que la no actualización de las condiciones para aplicar el gravamen generó que el impuesto al salario de los trabajadores, en algún punto, haya sido la variable clave de recaudación, en un año de crisis global.

En los casos en los que el Ejecutivo actualizó los valores, por lógica, el fisco bajó su recaudación. En 2010, por ejemplo, ingresaron a las arcas del Estado $3.184 millones menos, tras la suba del piso para Ganancias. Pero este año y el que pasó, los coletazos de la crisis financiera mundial se hacen sentir y la desaceleración de la economía es una realidad. Si el Estado va a dejar de percibir por Ganancias, deberá buscar ese dinero en otro lado. Y aquí entra el pliegue de la discusión de fondo en el abanico mencionado: la pregunta central es si debe existir o no un impuesto al salario de los trabajadores. Y, si se denomina “Impuesto a las Ganancias”, repensar si es justo o no tal y como se aplica en la actualidad. Y, en esa dirección, si es posible llamar al salario “ganancia”. Un detalle no solo semántico.

Ante esto, la propuesta de varios sectores es gravar la renta financiera, modificar el impuesto al valor agregado (es inadmisible que se siga pagando lo mismo de IVA por un sachet de leche que por un plasma), que paguen Ganancias los jueces; que hoy están exentos, y sobre todo hacer una reforma de las bases del sistema impositivo, para volverlo más equitativo, redistributivo y justo.

(*) Sergio Arelovich. En entrevista de Tomás Lukín en el diario Página 12