Sobre el cierre de la campaña, la inseguridad volvió a estar en boca de todos a raíz del crimen del kiosquero de Ramos Mejía.

Junto con eso la oposición y los medios hegemónicos volvieron con la cantinela de una presunta "suelta de presos" por responsabilidad del Gobierno, aún sabiendo que las decisiones sobre las excarcelaciones o el beneficio de libertad condicional corresponden al Poder Judicial.

En las últimas horas, dirigentes opositores responsabilizaron a los gobiernos de Alberto Fernández y Axel Kicillof de liberar a “miles de presos” aunque según las cifras oficiales en los dos últimos años del macrismo hubo el doble de excarcelaciones que en los dos primeros años del Gobierno, incluyendo las que se realizaron a raíz de la pandemia. 

Pero lo más importante del tema es que lo que posibilitó la esas excarcelaciones fue una resolución del Procurador Julio Conte Grand, ex Secretario legal y técnico de María Eugenia Vidal, dictada a inicios de la pandemia, la que dio el marco legal que propinó las liberaciones  a comienzos del 2020.

Esta resolución les dio la herramienta a los defensores oficiales para que soliciten arrestos domiciliarios a personas con condena y se disminuya la cantidad de prisiones preventivas, bajo el único parámetro de ser personas de riesgo, poniendo esta condición por encima de factores como la gravedad del delito o el prontuario que llevó a los delincuentes a estar tras las rejas.

La polémica resolución de Julio Conte Grand

La medida fue dispuesta el 16 de marzo de 2020 y detallaba los requisitos que debían cumplirse para solicitar el beneficio:

Quienes hayan cumplido 65 o más años de edad;

Mujeres embarazadas o en período de lactancia;

Personas con depresión inmunológica de cualquier origen;

Personas que padezcan diabetes;

Personas con insuficiencia renal;

Personas hipertensas o con patologías cardiovasculares;

Personas trasplantadas;

Personas con patologías oncológicas;

Personas con antecedentes de patología respiratoria crónica o cursando infecciones respiratorias;

Cualquier otra persona que se considere en mayor riesgo por alguna patología o especial

La disposición, no fijó límites vinculados a la peligrosidad del detenido, ni hizo mención alguna a la gravedad del hecho que se le imputaba.