La resolución 7/2016 del Ministerio de Energía, publicada en el Boletín Oficial, que complementa el fuerte aumento de más del 300 por ciento establecido el miércoles por el Gobierno Nacional, establece que las facturas de energía eléctrica serán mensuales desde el 1 de febrero.

"A efectos de que los usuarios puedan establecer una mejor organización de las finanzas del hogar resulta conveniente que las facturas de servicio que se emiten en forma bimestral se instrumenten como una obligación de pago mensual", señala la norma en sus considerandos.

Además de derogar el Programa de Uso Racional de Energía Eléctrica (Puree), la medida define los beneficiarios de una futura tarifa social: jubilados o pensionados por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional, y personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vital y Móvil (12.120 pesos).

También podrán acceder a esa tarifa los titulares de programas sociales; inscriptos en el Régimen de Monotributo Social; incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239); beneficiarios del seguro de desempleo, y quienes cuenten con certificado de discapacidad.

La resolución firmada por el ministro Juan José Aranguren establece que se excluirá del beneficio a quienes sean titulares de más de un inmueble, según los datos del respectivo Registro de la Propiedad, y los propietarios de automotores cuyos modelos tengan hasta quince años de antigüedad o posean aeronaves o embarcaciones de lujo.