Dicha multa asciende a 100.000 pesos y equivale al monto máximo que permite el Código. En ese partido del pasado 5 de agosto ante Tigres de México, la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 6, a cargo interinamente de Miguel Kessler, comprobó que se omitieron los recaudos necesarios para un espectáculo masivo, provocando desórdenes y aglomeraciones entre el público asistente.

Cabe destacar que la causa que investiga estos hechos reúne un total de 70 casos, los cuales fueron relevados e investigados por la Unidad Fiscal Norte. Por tal motivo, la Fiscalía imputó al club, y al secretario de la Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC), Oscar Borelli.

Además, como pena adicional, la Fiscalía ordenó a River a instalar cámaras de seguridad en los accesos del predio donde se ubica la sede (en el plazo máximo de un año), y a que el club efectúe una declaración de reincidencia, puesto que registra una condena impuesta con anterioridad por el Juzgado en lo Penal Contravencional y de Faltas n°28, de fecha 22 de abril de 2015.

Las pruebas en las que se basó la Fiscalía en el juicio abreviado consisten en las distintas actas de contravenciones que se le realizaron al club, en la versión del personal policial, y al expreso reconocimiento de los hechos por parte del representante legal de River. La omisión de recaudos de seguridad es una figura penada en el artículo 96 del Código Contravencional de la Ciudad.

Por su parte, Borelli solicitó la suspensión del proceso a prueba, que fue aceptada por la fiscalía por no tener antecedentes previos, pero deberá seguir reglas de conducta. Los mismos se centran en cinco puntos y son los siguientes:

1) fijar domicilio y comunicar cualquier cambio a la fiscalía; 2) cumplir con las citaciones o requerimiento que la fiscalía o el juzgado le hicieren; 3) abstenerse de concurrir al estadio "Antonio Vespucio Liberti" del Club Atlético River Plate, por el plazo de dos meses; 4) realizar 30 horas de tareas comunitarias en la Asociación Formoseña Hogar Dr. Esteban Laureano Maradona; y 5) realizar una entrega de insumos por valor equivalente a seis mil pesos ($6.000.-), a favor de la entidad de bien pública mencionada.