Como se sabe, la cartera de Trabajo había denegado el pedido de inscripción del Sindicato Policial Buenos Aires en el Registro de la Ley de Asociaciones Sindicales, lo que llevó a diferentes reclamos judiciales por parte de quienes motorizaban tal agrupamiento gremial.

Finalmente, la Corte Suprema avaló este martes esa decisión que aunque involucra a la Policía Bonaerense, proyecta sus alcances sobre el resto de las fuerzas policiales de la Argentina.

El máximo tribunal había convocado en agosto de 2015 a una audiencia pública para analizar los argumentos de las partes a favor y en contra de la sindicalización policial.

Un año y medio después, y en voto dividido, los jueces los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz resolvieron que el personal de las fuerzas de la policía "no tiene un derecho colectivo a sindicalizarse". Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti votaron en disidencia.

Si bien los tratados internacionales reconocen el derecho a la sindicalización para las fuerzas policiales, "también permiten que la legislación interna de cada país restrinja o incluso prohíba" ese ejercicio, se destaca en el fallo de la Corte.