El DNU 1246, que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial, aclara que las coimas que empresarios paguen a funcionarios públicos no podrán contabilizarse como deducciones.

El decreto lleva la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay. En el mismo un párrafo del decreto establece que "a los efectos del Artículo 80 de la Ley, no se considerarán gastos necesarios para obtener, mantener y conservar ganancias gravadas, las erogaciones generadas o vinculadas con la comisión del delito de cohecho de funcionarios públicos extranjeros en transacciones económicas internacionales, resultando improcedente su deducción".

La medida no alcanza a las coimas que se paguen en el país, que ya tiene una pena de entre uno y seis años de prisión, indicó El Destape.

Lo llamativo es que el anuncio se produce en  medio del debate por la modificación del impuesto a las Ganancias. La oposición presentó un proyecto que sube el mínimo no imponible, entre otras medidas, y que ya tuvo la media sanción en Diputados. Esta semana se trata en el Senado con la expectativa que se convierta en Ley y la amenaza del Ejecutivo de vetar la norma. 

El decreto completo: